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martes, 4 de diciembre de 2012

Presentación del Agente Peruano, Embajador Allan Wagner​



A las 3 de la tarde hora de la Haya (9 a.m. hora peruana), en el auditorio del Palacio de la Paz, sede de la Corte Internacional de Justicia, el Agente del Perú para el diferendo marítimo con Chile, Embajador Allan Wagner Tizón, dio inicio a la fase oral de este caso de delimitación marítima entre el Perú y Chile.  

En el inicio de los alegatos, el Agente del Perú señaló que se trata de “un caso de la mayor importancia para el Gobierno y el pueblo peruanos”. El Embajador Allan Wagner dijo también que esta es una oportunidad para que el Perú reconozca la contribución de la Corte a la solución pacífica de controversias y rindió un homenaje al tribuno peruano José Luis Bustamante y Rivero, Presidente del Perú que lanzó la tesis de las 200 millas y quien fue además Presidente de la Corte Internacional de Justicia (1967-1969).

El Agente peruano señaló que el Perú presentó el caso ante la Corte en razón a la inexistencia de un acuerdo de delimitación marítima entre el Perú y Chile. En ese sentido, explicó que la Declaración de Santiago de 1952 no buscó fijar límites, sino simplemente fue una declaración de política marítima internacional enfocada en afirmar el principio de las 200 millas frente a flotas pesqueras y balleneras  de potencias extranjeras que venían depredando el Pacífico Sur. El Agente peruano precisó que esta Declaración no es un acuerdo de límites y otros instrumentos posteriores como el Convenio de 1954 -con los que Chile quiere construir su posición en el sentido que el límite es el paralelo- no son más que “arreglos provisionales de carácter práctico”. 

El Embajador Wagner hizo también referencia al rol que jugó el Perú en la III Conferencia de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar, que dio origen a la Convención del Mar (CONVEMAR), y a la forma en que, desde que se consolidó el moderno Derecho del Mar, buscó una solución negociada que Chile nunca aceptó (en 1986 con la gestión Bákula y en 2004 con la Nota del entonces Canciller Rodríguez Cuadros).

Luego el Embajador Wagner reiteró las solicitudes formuladas por el Perú a la Corte: 1º Establecer el límite marítimo siguiendo una línea equidistante a partir del Punto Concordia, que constituye el punto final del límite terrestre; 2º Reconocer los derechos del Perú sobre el denominado “triángulo externo”, que se encuentra dentro de las 200 desde las costas peruanas y más allá de la proyección marítima de Chile.

Antes de finalizar, el Agente peruano reiteró el respeto del Perú por el Derecho Internacional y afirmó que tanto la Constitución peruana como nuestra legislación están en plena conformidad con el moderno Derecho del Mar.  Expresó que “el Perú acepta las normas del derecho consuetudinario (costumbre internacional) tal y como está recogido en la CONVEMAR”.

El Embajador Wagner finalizó su presentación señalando a la Corte el buen estado de las relaciones entre el Perú y Chile y expresando su confianza en que la solución de este caso permitirá consolidar un futuro de paz  y bienestar para ambos pueblos.

Lima, 3 de diciembre de 2012
Nota Informativa 506-12​

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