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viernes, 23 de agosto de 2013

El Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento de la Ley del Retorno​



Hoy se publicó en “El Peruano” el Reglamento de los Beneficios No Tributarios de la Ley 30001,  “Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado”. Con la publicación del Decreto Supremo Nº 035-2013-RE, la Ley 30001, conocida también como “Ley del Retorno”, está lista para su aplicación por nuestros connacionales que residen en el exterior y desean retornar al Perú.  Como se recuerda, el pasado 15 de agosto se promulgó  el DS Nº 205-2013-MEF, que aprobó el Reglamento sobre los Beneficios Tributarios.

La Ley 30001 y sus reglamentos tienen como propósito facilitar la reinserción económica y social de los peruanos que, ante la situación de crisis económica internacional y el  endurecimiento de las  políticas migratorias en los países de destino, decidan retornar o se vean forzados a retornar al Perú. Los dispositivos aprobados representan un marco normativo ambicioso e innovador que prevé incentivos tributarios; acceso a programas de promoción del empleo, acceso a la vivienda, salud y fomento de creación de empresas, entre otras; y programas sociales para peruanos que desean retornar al Perú y reinsertarse en su vida social y productiva.

A partir del lunes 26 de agosto se podrán presentar, en los Consulados del Perú en el exterior y en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores, las solicitudes para la obtención de la Tarjeta del Migrante Retornado que habilitará al titular a acogerse a los beneficios específicos que contempla la ley. El Ministerio de Relaciones Exteriores ha puesto a disposición de la comunidad peruana un portal temático: http://leydelretorno.rree.gob.pe/  y  una línea telefónica dedica 204-4683 para absolver consultas sobre la aplicación. En relación a los incentivos tributarios se pueden dirigir las consultas al teléfono 219-5150, anexos 20317 o 20165 y al correo electrónico dol_incentivosmigrat@sunat.gob.pe.

23/08/2013​

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